Rosa Díez ha llamado «desobediencia» a la decisión del presidente catalán de no acatar la sentencia contra la declaración soberanista realizada por los representantes electos catalanes, y afirma que todos los ciudadanos españoles están sometidos a las leyes. «Y los representantes de los ciudadanos, tenemos un sometimiento doble: tenemos que cumplir y hacer cumplir la ley», apostilló.
Vuelve así su lideresa a saltarse los principios que dice defender UPD. Cuando se trata de Cataluña, el Poder Judicial vuelve a estar legitimado a ojos de esta supuesta luchadora contra el entramado institucional montado por el bipartidismo que propone 4 miembros del Tribunal Constitucional a través del Congreso, otros 4 a través del Senado, 2 a través del Gobierno y otros 2 a través del CGPJ* (art.159.1 CE*).
Con estos mimbres, no es de extrañar que este órgano de gobierno de los jueces tenga en su haber (o debe) otros éxitos como informo sobre las iniciativas legales del matrimonio de los homosexuales, la Constitución Europea y el Estatuto catalán sin mandato legal o incluso contra éste, mientras una veintena de anteproyectos y reales decretos verdaderamente remitidos no son informados en plazo. Eso sí, al Estatut valenciá, cuyo consejo autonómico de Justicia planteaba dudas constitucionales, le dejaron en paz por las mismas fechas porque ese sí había sido pactado por PP y PSOE, igual que la composición del Constitucional e igual que la lucha contra el derecho a decidir.
En realidad, cuando se trata por ejemplo de conculcar el art.86.1 de la CE utilizando la figura del Decreto Ley sin "extraordinaria y urgente necesidad", ya sí son las urnas las que avalan la acción política.
Así, ya que los altos tribunales seleccionan sus víctimas impunemente, al menos que su "acatabilidad" sea condenada por el pueblo.
"La función pública moderna exige en nuestos días un cuerpo de trabajadores intelectuales especializados, altamente cualificados, preparados [...] y animados por un honor corporativo extraordinariamente desarrollado en el capítulo de la integridad [...] si este sentimiento de honor no existiera entre los funcionarios, estaríamos amenazados por una terrible corrupción y no escaparíamos a la dominación de los aprendices"
Max Weber ("El sabio y el político", 1919)
Ya José Manuel Gómez Benítez, vocal del mismo CGPJ, alertó al entonces presidente de este órgano y -"nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo" (art.123.2 CE) pasando a presidir éste (art.122.3)- también del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, de que "tanto viaje [20, en fines de semana de al menos 4 días, supuestamente para actividades oficiales] a Marbella [Puerto Banús], no tiene justificación ni ética ni estética, y debilita la imagen del Consejo y del Supremo y nuestra legitimidad".
Por si aún hicieran falta más argumentos para decidir entre la ética y la letra que ha escrito ese poder único jurídico-legislativo-ejecutivo, únanle que el teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín Casallo, cargo nombrado en Consejo de Ministros a propuesta del Fiscal General del Estado, el cual a su vez es "nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno", oído el CGPJ (art.124.4 CE), archivó la denuncia de malversación de caudales públicos sin realizar las principales comprobaciones de investigación sobre el
destino del dinero público gastado y sin haber necesitado más de dos días algunos de los datos solicitados al Consejo.
No nos extrañemos de que no haya paz social, pues el art.10.1 de su propia letra escrita la condiciona no sólo al "respeto a la ley", sino también "a los derechos de los demás", a "la dignidad [repito, dignidad] de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrolllo de la personalidad".
(*) CE = Constitución Española
(*) CGPJ = Consejo General del Poder Judicial
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